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Confirmaron la sesión por Ficha Limpia

Los jefes de bloque del Senado finalizaron esta tarde una reunión de Labor Parlamentaria en la que confirmaron, luego de un sinfín de operaciones cruzadas, la sesión de mañana para sancionar la ley de Ficha Limpia. Los legisladores modificaron el horario de inicio -de las 14 pasó a las 11.30- y agregaron al convite la declaración de emergencia en Bahía Blanca.

El encuentro significó la validación del temario inicial que ya se había fijado semanas atrás, que incluye la aprobación de los embajadores argentinos en los Estados Unidos (Alejandro Oxenford) y España (Wenceslao Bunge Saravia); la luz verde de un puñado de convenios internacionales; y la ya más que dilatada definición de las autoridades de la Cámara alta, un punto clave para la vicepresidenta y titular del Senado, Victoria Villarruel.

La sesión de mañana dejará atrás semanas de incertidumbre en la Cámara alta, con una Casa Rosada que ejecutó zigzagueos que hastiaron a los senadores. El punto más irracional de las últimas 48 horas se dio con funcionarios libertarios que aseguraban 38 votos en diferentes medios de comunicación -la iniciativa precisa una mayoría absoluta de 37- mientras que otros deslizaban, al mismo tiempo, la falta de un puñado de voluntades.

Un punto que ni siquiera fue consultado en Labor Parlamentaria fue el de las dietas, pese al comunicado de ayer de La Libertad Avanza, que quedó en la nada misma. Sobre esta cuestión también hubo roces este martes, con promesas desde el Frente de Todos para desempolvar un proyecto que pondría techo a todos los empleados públicos, desde el Presidente y el Congreso, hasta la Corte Suprema.

Qué dice la ley de Ficha Limpia

La norma modifica las reglas de elegibilidad para los candidatos a cargos públicos y bloquearía a quienes tengan una condena confirmada en segunda instancia relacionada con delitos contra la administración pública, como el caso de Cristina Kirchner.

En concreto, abraza a los "delitos de fraude en perjuicio de la administración pública contemplado en el artículo 174, inciso 5 del Código Penal". También, a los "delitos previstos en los capítulos VI-Cohecho y tráfico de influencias, VII-Malversación de caudales públicos, VIII-Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, IX-Exacciones ilegales, IX bis-Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y XIII-Encubrimiento, todos ellos contemplados en el título XI-Delitos contra la administración pública, del libro segundo del Código Penal".

Además, quedarán comprendidos en este mecanismo "todo otro delito doloso contra la administración que conlleve enriquecimiento que sea dispuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Constitución".

En Diputados se eliminó la denominada "cláusula Petri" -en referencia al texto que produjo, entre otros, el ministro de Defensa, Luis Petri-, por lo que el artículo uno sostendrá la vigencia de la Ficha Limpia en "aquellos casos en que la sentencia condenatoria resulte confirmada por un órgano judicial de instancia superior, hasta su eventual revocación o cumplimiento de la pena correspondiente, y siempre y cuando la confirmación de la condena se produzca con anterioridad al plazo establecido en el artículo 25 del Código Electoral Nacional". Es decir, a la confección de los padrones hasta 180 días antes de la elección general.

Por otra parte, "si la confirmación de la condena en instancia superior se produjera con posterioridad a dicho plazo, la prohibición tendrá efecto a partir de la finalización del proceso electoral". En tanto, "la ilegibilidad regirá desde la fecha de la sentencia, salvo lo dispuesto en el párrafo anterior, hasta su eventual revocación o hasta el cumplimiento de la pena correspondiente".

En el artículo 2, el inciso A se cambió en la Cámara baja por el siguiente: "La Cámara Nacional Electoral llevará un registro público de ficha limpia en donde constarán las sentencias dictadas en los términos del artículo 1, sus eventuales revocaciones y los datos identificatorios de las personas alcanzadas por dichas sentencias".

Junto a los cargos electivos, los involucrados en la ley tampoco podrán ser designados como "jefe de Gabinete de Ministros, ministros, secretarios, subsecretarios, autoridades de entes y organismos descentralizados e instituciones de la Seguridad Social", así como de cuerpos colegiados, personal diplomático, ni representantes en empresas con participación estatal de cualquier clase. (Infobae)

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