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Detalles sobre el protocolo de mediación de conflictos

La vicerrectora de la Universidad explicó el proceso que deberá transitar la institución para implementar plenamente el procedimiento aprobado por el Consejo Superior, que estará centrado en "la voluntad de sentarse con la otra parte para que nos ayuden a construir una solución"

// En el marco de la sesión de el Consejo Superior desarrollada la semana pasada en Río Gallegos, el órgano de gobierno de la Universidad Nacional de la Patagonia Austral aprobó el Protocolo de Mediación de Conflictos, que apunta a encauzar distintas desavenencias en el ámbito de la casa de Altos estudios, que pueden resolverse por voluntad de las partes, sin necesidad de recurrir a un proceso legal o administrativo.

La vicerrectora de la UNPA, Mg. Claudia Malik de Tchara, quien coordinó la elaboración de este Protocolo, explicó que "la mediación lo que trabaja es la voluntad de las partes que están en conflicto, en donde un tercero o tercera, que es el mediador, da las garantías o acompañamiento institucional para que puedan generarse acciones auto-compositivas".

"Una mediación es aplicable si no hay una falta administrativa que debe seguir un circuito determinado; cuando no es una cuestión penal o que debe resolverse al interior de paritarias, porque es la aplicación de Convenio Colectivo de Trabajo y si hay cuestiones de género se aplica el Protocolo de Actuación Institucional frente a la Violencia hacia las Mujeres y Comunidad LGBTTTIQ" acotó Malik.

Consultada sobre el perfil de los mediadores, la vicerrectora indicó se buscará que "sean gente formada para la mediación, pero que a su vez tengan la legitimidad de la comunidad universitaria".

No obstante, aclaró que "hay que acompañar con un proceso de formación, porque hoy en la planta o la comunidad universitaria actual, no hay la posibilidad de una cobertura tal cual se presenta en este protocolo que es, un mediador titular y un mediador alterno, o mediadora por cada una de las unidades de gestión".

Bajo este contexto el Protocolo de Mediación de Conflictos contempla una clausula transitoria que permitirá designar- por única vez y por dos años - a por lo menos tres mediadores o mediadoras, que reúnan esos requisitos para que comience la implementación de este proyecto.

Al respecto, Malik de Tchara puntualizó que "a futuro lo que se va a hacer es instalar este proceso de legitimación a través de una comisión evaluadora para que todos los que cumplan con estos requisitos puedan ser admitidos".

El proceso considera distintas etapas: "Con los admitidos la comunidad universitaria vota a quién prefiere, selecciona o acompaña en su intencionalidad de ser mediador titular y alterno. El decano o rector, decana o rectora debe nominar a los mejor merituados según éste proceso de elección participativa interclaustro, al Consejo Superior. Y este órgano designa titular y alterno o alterna y con el resto de los que han estado admitidos por esta comisión evaluadora, conforma el banco de mediadores".

Sin 'papeleo'

En lo que respecta a la instrumentación y actas administrativas que enmarcan los casos de aplicación del Protocolo, la Malik de Tchara aclaró que "uno de los principios de una mediación tiene que ver con la informalidad, es decir, no tener necesidad de denuncias, con papeleo, búsqueda de datos y demás.".

"La mediación tiene un acta inicial donde las partes se comprometen a que sea un proceso que no se difunde, un proceso intimo y acuerdan que el mediador garantiza la neutralidad, que garantice estas condiciones. Ahí firman y establecen cómo van a ser las instancias de reunión, en donde se van a generar esos encuentros. El proceso puede finalizar con una aceptación total, parcial o con la no resolución del problema. En ese momento el acta final con todos los resultados se presenta ante la autoridad de aplicación y queda en archivo".

 Por otra parte, resaltó que "si el mediador que está designado no le da esa tranquilidad para la mediación a alguna de las partes se lo puede objetar e inmediatamente se acude a un sistema de reemplazo, de suplencia para asignar ese caso de mediación en particular".

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