La Cámara fallo a favor del CPE y expuso el accionar irregular de la Fundación Valdocco
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de MinerÃa de la Primera Circunscripción Judicial resolvió anular la sentencia de primera instancia del Juez Bersanelli que habÃa favorecido a la Fundación Valdocco, declarando la improcedencia del amparo y dejando en evidencia las irregularidades de la institución.
Un amparo usado como atajo
Los jueces Eduardo G. López y Carlos E. Arenillas remarcaron que la Fundación Valdocco utilizó la vÃa del amparo para reclamar fondos millonarios, sueldos y continuidad de tecnicaturas sin cumplir con sus obligaciones básicas de rendición y transparencia. La Cámara advirtió que la entidad mantiene mandatos vencidos desde 2023, no presenta rendiciones desde hace más de dos años, tiene designaciones duplicadas y enfrenta una denuncia penal por inflar la cantidad de beneficiarios (201 declarados contra 25 constatados).
Irregularidades graves
Entre los puntos más destacados de la sentencia se enumeran:
-Falta de rendiciones de los fondos públicos recibidos desde 2022.
-Inconsistencias en el personal, con duplicaciones y nombramientos irregulares.
-Inscripción de alumnos en carreras sin validez nacional
-Causa penal abierta en Caleta Olivia por el manejo de recursos destinados a alimentación.
La Cámara concluyó que la sentencia de primera instancia habÃa sido "arbitraria y desprovista de fundamentos", al ordenar pagos sin analizar el cumplimiento de la Fundación y desarmando mecanismos básicos de control sobre fondos públicos.
El rol de los funcionarios
El fallo también deja un mensaje claro sobre el deber de quienes administran recursos del Estado: los funcionarios públicos están obligados a aplicar las normas, exigir rendiciones y garantizar controles, porque son responsables del uso correcto del dinero de todos. Saltarse esos procedimientos -como lo hizo el juez de primera instancia al ordenar pagos automáticos- implica vulnerar la ley y abrir la puerta al descontrol.
En palabras de la propia Cámara, la rendición de cuentas "no es un mero formalismo, sino una obligación esencial en el manejo de fondos públicos", y su omisión constituye una falta grave que ningún funcionario puede avalar.
Una medida preventiva
Pese al rechazo del amparo, el tribunal dispuso un mandato judicial preventivo: la Fundación deberá informar el número real de beneficiarios y el Estado garantizará la asistencia alimentaria únicamente para esas personas, con obligación de rendir cuentas de cada peso invertido.
Un lÃmite al descontrol
El mensaje de la Justicia es contundente: no se puede usar la vulnerabilidad social como excusa para reclamar fondos sin control ni rendición. Los funcionarios tienen la responsabilidad de aplicar la ley y velar porque cada recurso llegue a quienes realmente lo necesitan.