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ASOCIACIÓN GENERACIÓN 2.0
Proyecto para instaurar Juicio por Jurados en Santa Cruz
Lunes, 9 de junio de 2014
La Presidenta Cristina Fernandez de Kirchner, recibió en mano este último sábado el proyecto que impulsa la instauración del Juicio por Jurados en la Provincia de Santa Cruz. El mismo le fue entregado por Maximiliano Caceres, miembro de la asociación Generación 2.0 y militante activo de Santa Cruz Participa.

La iniciativa, pretende ser elevada la próxima semana a Diputados para su posterior debate y tratamiento.

Caceres destacó “el consenso alcanzado en la redacción del proyecto” y señaló que “es muy importante involucrar a la ciudadanía en el proceso penal y ampliar la participación popular en la Provincia, cuya Constitución plantea esa participación como herramienta para resolver los problemas de la sociedad”.

Entre otros puntos, el proyecto indica que este sistema deberá ser obligatorio en el fuero penal para todos aquellos delitos que tengan una pena mínima en abstracto de 8 o más años (de acuerdo a las competencias actuales sería portación de armas de fuego de uso civil agravada y abandono de persona seguido de muerte) Pero además, podrá utilizarse, a pedido del acusado, para las causas por amenazas, usurpación, abandono de persona o ejercicio ilegal de la medicina, entre otras. Además se respetará la equidad de género en la composición del cuerpo de doce miembros legos.

Para ser integrante del jurado se requerirá ser argentino, con dos años de ejercicio de la ciudadanía en el caso de los naturalizados, tener entre 18 y 75 años de edad, saber leer y escribir, tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a cuatro años en la Provincia. En cambio, no podrán ser convocados abogados, escribanos, funcionarios públicos, miembros del Poder Judicial ni los ciudadanos condenados a pena privativa de libertad. Será una carga pública y quienes salgan sorteados podrán excusarse con causales legítimas como también ser recusados por cada una de las partes.

El Consejo de la Magistratura elaborará el padrón de personas que cumplan los requisitos previstos en esta ley que estén registrados en el padrón electoral de Provincia de Santa Cruz a través de la Oficina de Jurados el primer día hábil del mes de octubre de cada año. Dentro de los quince días hábiles anteriores al inicio del juicio, y previa notificación a las partes, la Oficina de Jurados procederá en acto público al sorteo del triple de los jurados necesarios para integrar el tribunal de jurados correspondiente y para cada juicio. El sorteo se hará de la lista oficial definitiva de jurados divididos en mitades por sexo. El jurado quedará constituido el mismo día que se desarrolle el juicio.

Los tres veredictos que, por unanimidad, podrá votar el jurado serán "Culpable", "no culpable" o "no culpable por inimputabilidad". Si el fallo fuese absolutorio será irrecurrible.